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gente caminando por la calle

La nueva reforma laboral está, hoy en día, en la boca de todas las empresas del país. El Gobierno ha aprobado una nueva reforma laboral que modifica las condiciones de contratación y la negociación colectiva.

Los cambios que se proponen, afectarán de forma directa, a los contratos temporales, la subcontratación y a los convenios. Estos son algunos puntos clave que influirán en tu empresa con la nueva reforma laboral.

1. Reducción de los contratos temporales.

Principalmente, en España existen 4 tipos de contrato laboral: indefinido, temporal, de formación y en prácticas. La idea que quiere abordar esta reforma es potenciar el contrato indefinido sobre el temporal, por lo que se establece que solo puede firmarse un contrato temporal por razones productivas y organizativas.

Esta razón productiva es el incremento de personal de manera ocasional en la actividad empresarial, cuando la plantilla habitual de la empresa no puede encargarse de toda actividad propuesta.

Y las razones organizativas son en modo de sustitución de personal. Si una vez pasados 24 meses la persona sustituida no se ha incorporado, la contratación con carácter temporal pasará a contratación fija.

La contratación temporal podrá durar como mucho un año y no podrán encadenarse distintos contratos temporales en la misma empresa o grupos de empresas.

2. La subcontratación.

Las empresas pueden optar por servicios de otras compañías, pero en este caso, con la nueva reforma laboral, lo que el Gobierno quiere poner en marcha, es que las empresas que contraten servicios de otras empresas, tienen que comprobar que estas estén al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social.

También  se plantea que el convenio de la empresa principal prevalezca sobre el convenio de la empresa que es contratada o subcontratada. De este modo se evita que una empresa haga una subcontratación, a otra empresa de otro sector, por un salario mínimo más bajo para ahorrarse costes. 

3. Endurecimiento de los costes.

En el caso de que las empresas tengan trabajadores temporales en situaciones irregulares, estas deberán afrontar una sanción, las cuales se han endurecido. Si las infracciones son leves, las cuantías pasarán de 750 a 1.000 ó 2.000 euros. De 2.001 a 5.000 euros si son infracciones grandes. Y de 5.001 a 10.000 euros si son infracciones muy graves.

Estas cuantías serán multiplicadas, por la Inspección de Trabajo, por cada trabajador en situación irregular.

4. Modificación del ERTE y creación del Mecanismo RED.

Para los ERTE por causas económicas, tecnológicas, organizativas y de producción las principales novedades que hay son las siguientes:

 

  • Se reduce de 15 a 17 días el periodo de consultas del empresario con los trabajadores para hacer un ERTE.
  • La compañía tendrá una exención del 20% en las cotizaciones sociales por cada trabajador con reducción de jornada o suspensión del empleo.
  • Si el empresario se acoge a la rebaja de cotizaciones sociales debe dar formación a los trabajadores afectados. Su incumplimiento será la devolución de las exenciones de cada trabajador a la Seguridad Social.
  • Las exoneraciones serán del 90% para los ERTE de fuerza mayor y por impedimento o limitación de la actividad en la empresa.
  • Las consecuencias del coronavirus en la economía han hecho que la reforma laboral incorpore como causa de fuerza mayor para hacer un ERTE en una empresa, la paralización de su actividad debido a las decisiones que tome la Administración para proteger la salud pública.

El nuevo Mecanismo RED es un sistema para ayudar a las empresas que atraviesen 2 tipos de crisis y así evitar los despidos.

En primer lugar, cuando una empresa se ve afectada por una crisis económica y necesite acogerse al Mecanismo RED durante 1 año. Y, en segundo lugar, cuando una compañía se vea afectada por los cambios producidos en un sector. En este caso, la duración del Mecanismso RED será de 1 año ampliable hasta 2 años con prórrogas de 6 meses.

Cuando la empresa esté en una crisis cíclica, las exoneraciones de cotizaciones sociales por cada trabajador afectado comprenderán del 60% al 20% durante 1 año. Como en los ERTE la empresa está obligada a mantener el empleo.

la nueva normalidad para las empresas

La exención será del 40% cuando la compañía esté en una crisis o la transformación de un sector. Todas las rebajas de cotizaciones están vinculadas a la formación de los empleados.

Con esta nueva reforma laboral aprobada en España, los empresarios de todos los sectores se ven afectados, pues de manera directa están cerrados en las condiciones de contratación y negociación colectiva. Queriéndole dar al trabajador una seguridad a largo plazo en su puesto de trabajo.

 

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